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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. VI SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ART. 1 3 3

A rt. 53 lit. d:

G e n e ració n de recu rso s del OSCE a través de la e je c u ció n de g aran tías por

apelaciones

Concordancias en el RLCE:

A rt. 122: Trám ite de adm isibilidad

A rt. 123: Im procedencia de recurso

§

ARTÍCULO 133

Denegatoria ficta

133.1. V e n c id o el p lazo para q u e el T rib u n a l o la E n tid a d re su e lv a y n o tifiq u e la re so ­

lu ció n q u e se p ro n u n cia so b re el re cu rso d e a p e la c ió n , el im p u g n a n te a su m e q u e

el m ism o fu e d e se stim a d o , o p e ra n d o la d e n e g a to ria fic ta , a e fe c to s d e la in te rp o ­

sició n d e la d e m a n d a co n te n c io so a d m in istra tiv a .

133.2. La o m isió n d e re so lv e r y n o tific a r el re cu rso d e a p e la c ió n d e n tro d e l p lazo

e s ta b le c id o g e n e ra re sp o n sa b ilid a d fu n c io n a l, d e b ie n d o p ro c e d e rse al d e slin d e

re sp e c tiv o al in te rio r d e l T rib u n a l o d e la E n tid a d , se g ú n c o rre sp o n d a .

C o n co rd an cias en la LC E:

A rt. 41:

Recursos adm inistrativos

A rt. 43: Denegatoria ficta

Concordancias en el RLCE:

Art. 124: Garantía por la interposición

Art. 125: Procedim iento ante la Entidad

Art. 126: Procedim iento ante el Tribunal

Art. 132 lit. d: Causal para devolución de garantía por interposición de recurso de apelación

Art. 134: Agotam iento de la vía adm inistrativa

Art. 135: Acción contencioso adm inistrativa

OPINIONES DEL OSCE

OPINIÓN 067-2017/DTN: La resolución o denegatoria ficta del Tribunal de Contrata- OP 743

ciones del Estado pone fin al procedimiento administrativo impugnatorio y constituye

decisión de última y definitiva instancia administrativa

"(...) la resolución o denegatoria ficta del Tribunal de Contrataciones del Estado, al

poner fin al procedimiento administrativo impugnatorio, constituyen decisiones de

última y definitiva instancia administrativa, en esa medida son ejecutables en sus

términos. Sin embargo, si el administrado acude al Poder Judicial para cuestionar

la decisión, mediante la acción contenciosa administrativa, no se suspende su ejecución,

salvo que el órgano jurisdiccional conceda una medida cautelar a solicitud

interesado. Ahora bien, la ejecución de lo resuelto en última instancia administrativa

sólo se suspende por el tiempo de vigencia de la medida cautelar, por lo que de

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