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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL/OBRAS a r t . 180

"Dicho lo anterior, centrándonos en el tenor de la presente consulta, la oportunidad en

la que el comité de selección debe verificar que el personal permanente de una oferta

no se encuentre laborando como residente o supervisor -o inspector- en obras contratadas

por la Entidad que no cuenten con recepción, es en la calificación de ofertas".

OPINIÓN 077-2018/DTN: Momento en que el supervisor o inspector labora de

manera efectiva en una obra

"Al respecto, es importante precisar que la condición establecida en el primer párrafo

del artículo 162 del Reglamento [véase art. 190 del nuevo RLCE] referida a que el

residente o supervisor -o inspector- se encuentre laborando en una obra implica

una intervención efectiva en la ejecución de una obra de la Entidad".

OP977

OPINIÓN 204-2017/DTN: Contrataciones por paquete OP 978

"En primer lugar, debe señalarse que mediante el proceso de selección por paquete,

la Entidad agrupa la contratación de varios bienes, servicios en general o consultorías

distintos pero vinculados entre sí, pues considera que la contratación conjunta

es más eficiente que efectuar contrataciones separadas".

OPINIÓN 204-2017/DTN: Naturaleza de las contrataciones por paquete OP 979

"Abundando en lo anterior, debe precisarse que la elaboración de la ficha técnica o

los estudios de preinversión respectivos y del expediente técnico de obra constituyen

un conjunto de prestaciones, distintas entre sí, y de ejecución sucesiva, pues es

necesario que la ficha técnica o los estudios de preinversión correspondientes sean

realizados de forma previa -y que a partir de su contenido se declare la viabilidad del

proyecto de inversión- a efectos de elaborar el expediente técnico de obra.

Asimismo, es importante señalar que las prestaciones detalladas en el párrafo anterior,

dado su carácter independiente y sucesivo, presentan plazos de ejecución independientes,

los mismos que deben encontrarse detallados en el respectivo contrato.

De esta manera, la contratación por paquete para la elaboración de la ficha técnica

o los estudios de preinversión respectivos y del expediente técnico de obra, implica

la ejecución de un conjunto de prestaciones, distintas entre sí, de ejecución sucesiva

y que presentan plazos de ejecución independientes para cada una de ellas; por lo

que este tipo de contratación puede asimilarse a lo que en la doctrina civil se denomina

como 'contratos coligados o conexos', los cuales'(...) son los constituidos por

la yuxtaposición de varios contratos, distintos entre sí, que se unen para alcanzar una

finalidad determinada'".

§

ARTÍCULO 180

Clases de adelantos

Los documentos del procedimiento de selección pueden establecer los siguientes

adelantos:

1 0 2 7

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