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Conclusiones:<br />

1.-Derivado de la actividad a realizar, el fideicomiso garantiza una mayor transparencia en<br />

el manejo de los diversos recursos de que dispondrá la entidad, y el mismo fideicomitente<br />

pudiese ser el fiduciario en el caso de ser persona física, o en dado caso constituirse como<br />

asociación en participación si fuese persona física y esta nueva sociedad no tenga<br />

coeficiente de utilidad para la realización de pagos provisionales.<br />

2.- Como forma de protección del Patrimonio, el fideicomiso permite que los bienes<br />

transferidos al fiduciario y que forman la propiedad fiduciaria, se constituya como un<br />

patrimonio separado del patrimonio del fiduciario y del fiduciante.<br />

Esta regla tiene importantísimos efectos porque protege a los bienes fideicomitidos de la<br />

eventual acción de los acreedores de fiduciante, fiduciario u otras partes, incluso en caso de<br />

quiebra, concurso o incapacidad de ellos. Los bienes fideicomitidos no están incluidos en el<br />

principio de la universidad concursal. Los bienes fideicomitidos solo responderán por las<br />

deudas contraídas por el fiduciario dentro de sus facultades y por las cargas propias de tales<br />

bienes.<br />

El fiduciario tendrá los derechos de administración, disposición y gravamen de los bienes<br />

fideicomitidos, con las limitaciones que surjan del contrato.<br />

3.-En materia de contribuciones, dichas actividades y pago de contribuciones se causaran<br />

hasta el momento en que se empiece a enajenar dichos bienes, por lo cual deberá de<br />

considerarse solamente gastos o inversiones pendientes de acreditar.<br />

4.-Para el uso del préstamo inicial, deberá de establecerse un contrato de mutuo sin interés,<br />

con el fin de que se asuma la responsabilidad total de la carga financiera por los<br />

“MUTUARIOS”, y estos a su vez deduzcan dicha carga financiera.<br />

5.-Durante el desarrollo de las actividades, la Nueva Figura Jurídica, deberá de llevar acabo<br />

contratos con el fin de deslindar responsabilidades y no lograr asumir cargas aplicables a<br />

las prestadoras de servicios.<br />

Metodología empleada: La investigación que llevamos a cabo conlleva a ser mixta, toda<br />

vez que en primer lugar se realiza un bosquejo de las diversas entidades aplicables al<br />

desarrollo inmobiliario, lo que conlleva al análisis de múltiples realidades subjetivas, así a<br />

la obtención de una riqueza interpretativa conceptualizando el fenómeno, lo que<br />

posteriormente confrontamos con una investigación cuantitativa en donde enmarcamos los<br />

diversos beneficios que tiene cada una de las entidades propuestas, tanto en lo legal, en lo<br />

contable y fiscal de cada una de ellas para así lograr obtener nuestras conclusiones que a<br />

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