11.06.2015 Views

o_19nhsmha01vhpfpg1knut7kcn4a.pdf

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Vacaciones<br />

El Articulo 76 de la Ley Federal del Trabajo dice, “Los trabajadores que tengan más de un<br />

año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso<br />

podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta<br />

llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.<br />

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de<br />

servicios. ”<br />

Antigüedad Días de Vacaciones<br />

1 año 6 días<br />

2 años 8 días<br />

3 años 10 días<br />

4 años 12 días<br />

De 5 a 9 años<br />

De 10 a 14 años<br />

De 15 a 19 años<br />

De 20 a 24 años<br />

De 25 a 29 años<br />

14 días<br />

16 días<br />

18 días<br />

20 días<br />

22 días<br />

Como lo indica el artículo 81 CPEUM, las vacaciones deberán concederse dentro de los 6<br />

meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.<br />

Prima Vacacional<br />

El Articulo 80 de la Ley Federal del Trabajo dice, “Los trabajadores tendrán derecho a una<br />

prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el<br />

período de vacaciones.”<br />

Esta prestación es adicional al pago de los días de vacaciones que goce el trabajador.<br />

Para la Ley del ISR la prima vacacional acumula únicamente la cantidad que exceda a 15<br />

días de salario mínimo del área geográfica del contribuyente.<br />

Aguinaldo<br />

El Articulo 87 de la Ley Federal del Trabajo dice, “Los trabajadores tendrán derecho a un<br />

aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince<br />

días de salario, por lo menos.<br />

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren<br />

laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague<br />

1665

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!