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Económico (CED) en 1971. Esta postura establece tres<br />

clases de responsabilidades. El círculo interior incluye las<br />

responsabilidades básicas para la ejecución eficiente de la<br />

función económica (productos, tareas, y crecimiento<br />

económico); el círculo intermedio comprende una<br />

responsabilidad para ejercitar esta función económica con<br />

una conciencia sensible de cambio de valores sociales y<br />

prioridades: por ejemplo, con respecto a la conservación<br />

ambiental, relaciones con empleados, etc.; el círculo<br />

externo, delimita las responsabilidades emergentes que la<br />

empresa debe asumir para participar activamente en la<br />

mejora del entorno social, por ejemplo pobreza.<br />

1975, George<br />

Steiner:<br />

quien plantea la RSC como un continuo de<br />

responsabilidades, partiendo de la tradicional producción<br />

económica, a los requerimientos gubernamentales, hasta el<br />

área voluntaria, y últimamente unas expectativas más allá de<br />

cubrir unas áreas voluntarias.<br />

Robert Ackerman<br />

& Raymond Bauer:<br />

critican la expresión “responsabilidad social”, sosteniendo<br />

que la connotación de responsabilidad, corresponde al<br />

proceso de asumir una obligación. Cuando se habla del<br />

concepto de RSC, se ha hecho énfasis en la motivación, más<br />

que en la gestión. Ellos argumentan, “el responder a las<br />

demandas sociales es mucho más que decidir qué hacer. El<br />

concepto de RSC ha implicado que la tarea administrativa<br />

se centre en hacer lo que se ha decido hacer, y esta tarea es<br />

muy trivial”. Ellos han optado por la definición de<br />

sensibilidad social como una orientación preferible.<br />

Prakash Sethi:<br />

plantea un esquema de tres estados, para hacer una<br />

clasificación de la adaptación del comportamiento<br />

corporativo a las necesidades sociales: 1.) obligación social.<br />

Este estado, involucra el comportamiento corporativo en<br />

respuesta a las fuerzas del mercado o limitaciones legales.<br />

2.) responsabilidad social, que implica el traer el<br />

comportamiento corporativo a un nivel más alto, congruente<br />

con las normas sociales, valores, expectativas, etc 3.) la<br />

sensibilidad social, la cual sugiere que no es importante<br />

cómo la corporación debe responder a las presiones<br />

sociales, sino que debe jugar un rol dinámico en el sistema<br />

social. Esto es, que los negocios deben ser anticipados y<br />

preventivos.<br />

FUENTE. Adaptado de Carroll, 1979<br />

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