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son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por<br />

prestar servicios exclusivos del Estado.<br />

V. Cuando sean organismos descentralizados los que proporcionen la seguridad social a que<br />

hace mención la fracción II, las contribuciones correspondientes tendrán la naturaleza de<br />

aportaciones de seguridad social.”<br />

ELEMENTOS DE LAS CONTRIBUCIONES.<br />

Según el Artículo quinto del Código Fiscal de la Federación, "Las disposiciones fiscales<br />

que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así<br />

como las que fijan las infracciones y sanciones son de aplicación estricta. Se considera que<br />

establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o<br />

tarifa", del análisis de este párrafo se destaca que los elementos de la contribución son:<br />

objeto, sujeto, base, tarifa, plazo, los cuales estudiaré a continuación.<br />

1. Objeto. Se hace referencia a lo que grava la ley tributaria, se puede definir como la<br />

realidad económica sujeta a imposición; el objeto quedará precisado a través del hecho<br />

imponible.<br />

“Es importante saber a quienes realmente grava el impuesto, es decir quiénes son las<br />

personas que se les cobra el impuesto, por la producción de alguna de las actividades<br />

empresariales. Se puede considerar como la causa, justificación y lo que da origen al<br />

tributo, además de establecer que lo considera como el elemento material o económico, con<br />

bases ciertas y determinadas.” (Porras y López, 1976, P.61)<br />

Por lo tanto podríamos decir que el objeto, serán las personas que encuadren dentro del<br />

hecho imponible es decir, todos los contribuyentes que cumplan con alguno de los<br />

requisitos que en la misma ley se mencionan.<br />

2. Sujeto. Las contribuciones tienen un sujeto activo y un sujeto pasivo de la obligación,<br />

siendo el sujeto activo el Estado. Los sujetos pasivos son las personas físicas y morales.<br />

(Art. 1º CFF).<br />

Se pueden dividir a los sujetos en dos clases: activos y pasivos. “Los sujetos activos son<br />

aquellos que tienen el derecho y las obligaciones de cobrar los impuestos, a nivel Federal,<br />

Estatal y Municipal. Mientras que los sujetos pasivos son todos aquellos que tienen el<br />

derecho y la obligación de pagar el impuesto.” (Porras y López, 1976, P.56)<br />

Muchas veces no se sabe realmente quienes se encuadran dentro del hecho jurídico, por lo<br />

que siempre en cada uno de los impuestos es importante señalar quienes son las personas<br />

que están obligadas al pago del impuesto, es decir que personas por su actividad caen<br />

dentro del hecho jurídico.<br />

3. Base. La base de las contribuciones también conocida como base gravable o imponible,<br />

es la cantidad considerada para la aplicación de la ley sobre la que se determina el monto de<br />

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